TURESPAÑA

El Instituto de Turismo de España en un OO.AA adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Turismo. Tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión y plena capacidad de obrar y, dentro de su esfera de competencias, le corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en su Estatuto, regulado por el Real Decreto 425/2013, de 14 de junio. Como el resto de Organismos Autónomos, carece de potestad expropiatoria. Funciones: la gestión de la Marca España en su dimensión turística: la imagen de España como destino de viajes, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y con el Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España; la planificación, el desarrollo y la ejecución de actuaciones para la promoción del turismo español en los mercados internacionales y entre los no residentes en España, el apoyo a la comercialización de productos turísticos españoles en el exterior y entre los no residentes en España y la colaboración con las CC.AA, los entes locales y el sector privado en programas de promoción y comercialización de sus productos en el exterior y entre los no residentes en España; la investigación de los factores que inciden sobre el Turismo, así como la elaboración, recopilación y valoración de estadísticas, información y datos relativos al turismo, y la creación y difusión del conocimiento y la inteligencia turística y la coordinación de la información sobre el sector turístico; la prestación de servicios de marketing en el exterior a las empresas e instituciones turísticas españolas; la gestión y explotación de establecimientos turísticos que tenga encomendadas, así como realizar las inversiones que le correspondan en los bienes de su propio patrimonio, adscrito o en aquellos cuyo uso tenga cedido por organismos o entes públicos. Para cumplir sus objetivos, el Instituto podrá promover y participar directa o indirectamente en sociedades en constitución o ya constituidas, cuyo objetivo social esté vinculado a sus fines y objetivos. Órganos que estructuran el Instituto: Presidente: titular de la Secretaría de Estado de Turismo; Consejo Asesor: depende del presidente del Instituto. Permite la colaboración activa entre el sector privado y la Presidencia en los temas enumerados en el art. 4 del Real Decreto que regula el Instituto; Dirección General del Instituto: la cual se estructura en las siguientes Subdirecciones Generales: Subdirección General de Márketing Exterior de Turismo; Subdirección General de Conocimientos y Estudios Turísticos; Subdirección General de Estrategia y Servicios al Sector Turístico; Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa y Tecnologías de la Información; y por último, como órganos que estructuran el Instituto, destacamos las Consejerías de Turismo: órganos técnicos especializados de las misiones Diplomáticas de España, bajo la dependencia jerárquica del Embajador, sin perjuicio de que dependen orgánicamente de la Secretaría de Estado de Turismo a través de TURESPAÑA y funcionalmente, a través del Director General de TURESPAÑA, del Presidente de TURESPAÑA. Pese a todo lo escrito, y pese a la importancia que tiene el sector turístico para le economía de nuestro país, o precisamente por ello, el turismo es una competencia autonómica (art. 148.1.18ª de la Constitución). Se trata de una de las materias en que las CC.AA pueden asumir competencias; concretamente, en materia de promoción y ordenamiento del turismo en su ámbito territorial, mientras que el artículo 149 de no contiene reserva competencial alguna a favor del Estado en materia de turismo. Esto tiene la siguiente traducción: el turismo es una competencia que tanto el artículo 148 como el 149 ofrecen a las CC.AA para que, una vez la asuman en sus respectivos Estatutos de Autonomía, quede para ellas cual competencia exclusiva.

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