LOMLOE, educaciones no obligatorias (I)

El Bachillerato comprende dos cursos organizados en dos modalidades diferentes y flexibles. El Gobierno fija, previa consulta a las CC.AA, las condiciones en que el alumno puede hacer el Bachillerato en tres cursos en régimen ordinario, si así lo aconsejan sus circunstancias personales, permanentes o transitorias. Destaca una novedad producida por la LOMLOE, como es la oferta al alumnado del Bachillerato General, en el que los estudiantes podrán optar por contenidos combinados de los otros modelos. La nueva opción busca ayudar a los alumnos que no tienen clara su especialización. Las otras opciones son Ciencia y Tecnología; Humanidades y Ciencias Sociales; y Artes. El Bachillerato se organiza en materias comunes, de modalidad y optativas. El Gobierno, previa consulta a las CC.AA, establece la estructura de estas modalidades, las materias específicas de cada modalidad y el número de materias que los alumnos deben cursar. Las materias comunes del Bachillerato serán: Educación Física; Filosofía; Historia de la Filosofía; Historia de España; Lengua Extranjera; Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura. A las Administraciones educativas corresponde la ordenación de las materias optativas. El Gobierno, previa consulta a las CC.AA, regula el régimen de reconocimiento recíproco entre los estudios y los ciclos formativos de grado medio de formación profesional, de enseñanzas artísticas y de enseñanzas deportivas, a fin de que puedan ser tenidos en cuenta los estudios superados incluso cuando no se haya alcanzado la titulación correspondiente. Obtienen el Bachiller: quienes reciban la evaluación positiva de todas las materias; quienes hayan superado todas las materias salvo una, siempre que en el suspenso no se haya producido una insistencia continuada y no justificada y se considere que alcanzaron los objetivos y competencia vinculados al título; quienes posean el título de Técnico de Formación Profesional y superen las asignaturas necesarias para alcanzar los objetivos generales del Bachillerato (asignaturas determinadas por el Gobierno); quienes posean el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño y superen las materias para alcanzar los objetivos generales del Bachillerato; y quienes hayan superado las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza y las materias comunes del Bachillerato (en este supuesto, se obtiene el Bachiller en la modalidad de Artes). Sobre la ulterior prueba de acceso a la universidad, apuntar que corresponde al Gobierno, previa consulta a las CC.AA, establecer las características básicas de esta prueba, previa consulta a la Conferencia General de Política Universitaria y con informe previo del Consejo de Universidades y del Consejo Escolar del Estado. Acabamos este post con otra educación cuyo recorrido no es obligatorio, la educación infantil. Tiene carácter voluntario, se estructura en dos ciclos (de cero a tres años y de tres a seis años) y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social, cognitivo y artístico del alumnado, así como a la educación en valores cívicos para la convivencia. Una de las novedades de la LOMLOE es que uno de los objetos de la educación infantil es promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que promuevan la igualdad de género. Y respecto al ámbito competencial, las Administraciones Educativas fomentan el desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades en aras de sacar mayor partido a las potencialidades del niño; además, subrayar que el Gobierno, en colaboración con las CC.AA, determina los contenidos educativos del primer ciclo infantil y regula los requisitos de titulación de sus profesionales y los que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumno-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.

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