El SEPE

El Servicio Público de Empleo Estatal es el OO.AA de la AGE al que se encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo en el marco de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2015. Al tratarse de un organismo autónomo de los previstos en el capítulo II del título II de la LRJSP (se halla adscrito al departamento cuya titular es Yolanda Díaz, el Ministerio de Trabajo y Economía Social) se integra en el llamado Sector Público Institucional Estatal. Y por tratarse de eso, un OO.AA, nos referimos a un ente de Derecho público, con personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión, que desarrolla actividades propias de la Administración Pública en calidad de organización instrumental diferenciada y dependiente de ésta. Se rige, por este orden, por lo establecido en la LRJSP, en su Ley de creación, en sus estatutos, en LPAC, en LCSP, en LPAP, así como en el resto de las normas de Derecho Administrativo general y especial que le sea de aplicación. En defecto de norma administrativa se le aplica el Derecho común. Se articula en torno a una estructura central y otra periférica para el cumplimiento de sus competencias. Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas participan en sus órganos correspondientes de forma tripartita y paritaria y, en todo caso, la estructura central se dota de un Consejo General y de una Comisión Ejecutiva cuya composición y funciones se establecen reglamentariamente de acuerdo con las competencias atribuidas al SEPE. Competencias: elaborar y elevar al Ministerio competente en materia de Empleo las propuestas normativas de ámbito estatal en materia de empleo que procedan; formular el anteproyecto de presupuesto de gastos e ingresos; percibir ayudas de fondos europeos para la cofinanciación de acciones a cargo de su presupuesto y proceder a la justificación de las mismas a través de la autoridad de gestión designada por la normativa de la UE; elaborar el proyecto de la Estrategia Española de Activación para el Empleo y de los Planes Anuales de Política de Empleo en colaboración con las CC.AA. Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas participan en la elaboración de dicha Estrategia y reciben información periódica sobre su desarrollo y seguimiento; coordinar las actuaciones conjuntas de los Servicios Públicos de Empleo en el desarrollo del Sistema de Información de éstos; gestionar el Observatorio de las Ocupaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, con una red en todo el territorio del Estado, que analice la situación y tendencias del mercado de trabajo y la situación de la formación para el empleo en colaboración con las CC.AA; mantener las bases de datos generadas por los sistemas integrados de información del Sistema Nacional de Empleo y elaborar las estadísticas en materia de empleo, formación y protección por desempleo a nivel estatal; gestionar los servicios y programas financiados con cargo a la reserva de crédito establecida en sus Presupuestos de gastos. Estos servicios y programas serán: 1. Servicios y programas cuya ejecución afecte a un ámbito geográfico superior al de una C. Autónoma, cuando los servicios o programas exijan movilidad geográfica de personas desempleadas o trabajadores participantes en las mismas a otra CC.AA distinta a la suya, o a otro país y precisen de una coordinación unificada.

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