Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia

La Ley 39/2006 regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación del SAAD: sistema de autonomía y atención a la dependencia sustentado en el respeto al marco competencial establecido; sirve de cauce para la colaboración y participación de todas las administraciones públicas intervinientes y para la optimización de los recursos públicos y privados disponibles. Gracias a esta Ley se configura un derecho subjetivo que se fundamenta en los principios de universalidad, equidad y accesibilidad. Además, desarrolla un modelo de atención integral al ciudadano, al que se reconoce como beneficiario su participación en el Sistema: un sistema que administrativamente se organiza en tres niveles. Un nivel mínimo de protección que define y garantiza financieramente la AGE. Un segundo nivel de protección mediante un régimen de cooperación entre la AGE y las CC.AA, que llevan a cabo convenios para el desarrollo y aplicación de las demás prestaciones y servicios contemplados en la Ley. Y finalmente, un tercer nivel que las CC.AA podrán desarrollar si lo estiman oportuno para protección de los ciudadanos. Es competencia exclusiva del Estado la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. El artículo 149.1 de la Constitución justifica la regulación, por parte de esta Ley, de las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas, en base al pleno respeto de las competencias que éstas hayan asumido en materia de asistencia social (desarrollo del 148.1.20 de la Constitución).

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