Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (III)

Ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación, que engloba el capítulo II con sus arts. que van del 10 al 14. La publicidad habrá de respetar la dignidad de las mujeres y su derecho a una imagen no estereotipada, ni discriminatoria, tanto si se exhibe en medios públicos como privados. En consecuencia y de acuerdo con la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio. Se legitima para ejercitar ante los Tribunales la acción de cesación de la publicidad ilícita que use de forma vejatoria a las mujeres: a las instituciones (entre las que destacan: la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el Instituto de las Mujeres u órgano equivalente de cada CC.AA y el Ministerio Fiscal) y a las asociaciones que trabajen a favor de la igualdad entre hombres y mujeres. Las Administraciones Públicas velarán por el cumplimiento estricto de la legislación en lo relativo a la protección y salvaguarda de los derechos fundamentales, con especial atención a la erradicación de conductas favorecedoras de situaciones de desigualdad de las mujeres en todos los medios de comunicación social, de acuerdo con la legislación vigente. Las Administración pública promoverá acuerdos de autorregulación que, contando con mecanismos de control preventivo y de resolución extrajudicial de controversias eficaces, contribuyan al cumplimiento de la legislación publicitaria. Asimismo, los medios de comunicación fomentarán la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombre y mujer, evitando toda discriminación entre ellos. La difusión de informaciones relativas a la violencia sobre la mujer garantizará, con la correspondiente objetividad informativa, la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones.

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