Políticas de Empleo (IV)

Políticas activas de empleo. Conceptualmente, entendemos por políticas activas el conjunto de acciones y medidas de orientación, empleo y formación dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo (por cuenta propia o ajena) de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social. Estos objetivos se deben desarrollar en todo el Estado teniendo en cuenta: la EEAE, las necesidades de los demandantes y los requerimientos de los respectivos mercados de trabajo, de manera coordinada entre los agentes de formación profesional para el empleo e intermediación laboral que realizan tales acciones con objeto de favorecer la colocación de los demandantes de empleo. Dichas medidas se complementan y se relacionan, en su caso, con la protección por desempleo regulada en el Título III, Real Decreto Legislativo 8/2015, como ya vimos en anteriores escritos. Los recursos económicos destinados a las políticas activas de empleo los gestionan los servicios públicos de empleo pudiendo desarrollar los servicios y programas que consideren necesarios y teniendo en cuenta aspectos ya señalados. Estos recursos económicos se incluyen en los PAPE y se integran en los Ejes del artículo 10.4 ya visto. Estas acciones y medidas pueden gestionarse mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otra forma jurídica ajustada a Derecho. Principios generales de las políticas activas: el tratamiento individualizado y especializado a las personas en situación de desempleo para mejorar su empleabilidad, así como a las personas ocupadas para contribuir a la calidad y mantenimiento de su empleo; la respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo y formación; el fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora, especialmente en el marco de la economía sostenible y de los nuevos yacimientos de empleo, incluyendo la atención y el acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial; la igualdad de oportunidades y no discriminación en el acceso al empleo, teniéndose en cuenta de manera activa el objetivo de igualdad de trato; entre hombres y mujeres; la adecuación a las características del territorio, teniendo en cuenta la realidad del mercado de trabajo y las peculiaridades locales y sectoriales.

Comentarios

Entradas populares