Garantía definitiva (III)

En la concesión de obras y en la concesión de servicios el importe de la garantía definitiva se fijará en cada caso por el órgano de contratación en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en función de la naturaleza, importancia y duración de la concesión de que se trate. Es decir, en las concesiones la garantía defintiva no se basa en ofertas hechas a posteriori por los licitadores. Pero ojo, la imposibilidad de eximir a una concesión de la garantía definitiva no alcanza a las concesiones de servicios, pues cabe la posibilidad de que sí lo sean.

Comentarios

Entradas populares