LJCA: RECURSO DE REVISIÓN

Sentencias impugnables: cualquier sentencia firme; Requistios: que la sentencia hubiese sido dictada en base a documentos falsos, falso testimonio, cohecho, prevaricación, etc. Resolución: si las sentencias las dictan los jueces de lo Contencioso-Administrativo, el TSJ correspondiente; si las dictan los jueces de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional; y si son dictadas por jueces de un TSJ, de la Audiencia Nacional o el Tribunal Supremo, el Tribunal Supremo.

Comentarios

Entradas populares