Servicios en otras administraciones públicas (III)

Según el TREBEP, en caso de funcionario de carrera en la situación de servicio en otras administraciones públicas al que se remueva o suprima el puesto, exite una diferencia según se haya obtenido el puesto por concurso o libre designación. Si lo obtuvo por concurso, la adminstración de destino lo tiene que recolocar en otro puesto de la misma administración, pero si lo obtuvo por libre designación dicha administración no tiene la obligación de recolocarlo. ¿Qué sucede en este supuesto? Pues si el funcionario, en el plazo de un mes, de oficio no es recolocado o a instancia de parte la Admón. le dice que no lo va a recolocar o no le contesta (silencio negativo), dispone de otro mes (es decir, transcurrido el mes para que la Admón. de destino lo recoloque o no, en este caso, no lo recoloca), para pedir el reingreso a la adminstración originaria desde la que partió a la que ahora no lo recoloca. Y si en ese plazo de un mes no avisa a dicha administración originaria, ésta lo declara en excedencia voluntaria por interés particular.

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