Legitimación para incoar el procedimiento de Habeas Corpus, art. 3 de la LOHC

La persona privada de libertad, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos y, en su caso, respecto a los menores y personas incapacitadas: sus representantes legales. También, el Ministerio Fiscal. Asimismo, el Defensor del Pueblo. Y asimismo, el juez competente de oficio.

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