Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado. Anexo

Mecanismo de Recuperación y Resilencia. Clasificación Orgánica: se crea el servicio presupuestario 50: Mecanismo de Resilencia. En el presupuesto de gastos, dentro de la clasificación por programas, aparece el Programa 120.A: Mecanismo de Recuperación y Resilencia. Los ingresos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resilencia y del REACT-EU están legalmente afectados, con lo que rompe el principio general de no afectación. Además, los gastos del mecanismo son vinculantes; los remanentes de crédito que quedasen sin aplicar al final del ejercicio, incorporables. Compete al Ministro de cada Departamento las Transferencias entre créditos de cualquier capítulo de la sección 50 y programa 120.A del mismo Ministerio, y al Consejo de Ministros las Transferencias entre créditos de cualquier capítulo de la sección 50 y programa 120.A de diferentes Ministerios. El Mecanismo de Recuperación y Resilencia altera los compromisos de ejercicios ulteriores, de 4 a 5: Ejercicio A+1: 100%; Ejercicio A+1: 100%; Ejercicio A+2: 70%; Ejercicio A+3: 60%; Ejercicio A+4: 50%. El Gobierno puede autorizar superar estos límites mediante acuerdo del Consejo de Ministros. Se podrá alcanzar la fase de compromiso de gasto. El Mecanismo de Recuperación y Resilencia, para la contratación pública (LCSP), produce estas novedades: se elimina el requisito de la autorización por el Consejo de Ministros que exige el artículo 324.1 de la Ley 9/2017 si el valor estimado es igual o superior a 12 millones de €; se aplica la tramitación urgente (reducción de plazos y preferencia en el despacho); el plazo de los contratos de suministro y servicio se podrá aumentar a 10 años cuando lo requiera el periodo de recuperación; los PCAP y PPT incorporan criterios verdes, digitales, de innovación, de potenciación de Pymes y de responsabilidad social; en el procedimiento abierto simplificado se elevan las cantidades máximas, 200000 € en obras y 100000 € en suministros y servicios; los plazos de publicidad se reducen: 15 días en el procedimiento abierto simplificado y 8 días en el procedimiento abierto simplificado abreviado.

Comentarios

Entradas populares