LPAC: finalización del procedimiento, desistimiento y renuncia (sección tercera)

Vamos allá con los arts. 93 y 94. Aclaración: el interesado puede tanto desistir como renunciar; en cambio, la Administración solo puede desistir, no renunciar. Art. 93: en los procedimientos iniciados de oficio la Administración puede desistir motivadamente. Ojo, este supuesto no lo recoge el art. 35. Puede desistir en los supuestos y con los requisitos previstos en las leyes. Artículo 94: todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando no lo prohíba el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. Si el escrito de iniciación se hubiese formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia solo afecta a aquéllos que lo hubiesen formulado. Tanto el desistimiento como la renuncia pueden hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen los mismos su continuación en el plazo de diez días (repetimos: 10 días) desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o renuncia al interesado para seguir el procedimiento. De cualquier manera, quedémonos con que tanto desistimiento como renuncia no eximen a la Administración de la obligación de resolver que señala el art. 21 (algo que sí sucede en la terminación por acuerdo, pacto, convenio o contrato); además, hemos de señalar una diferencia de alcance: en caso de desistimiento el interesado pierde el derecho sobre el trámite, pero puede volver a incoar el procedimiento en base al art. 66; en cambio, en caso de que renuncie perderá el derecho sobre el procedimiento y no podrá volver a incoarlo por el 66.

Comentarios

Entradas populares